El control y la prevención de Legionela y Legionelosis están reglamentados por el Real Decreto estatal 865/2003 y el Decreto Autonómico de Catalunya 352/2004. Dentro del ámbito de aplicación de esta normativa están incluidas las instalaciones que se denominan «de riesgo».

 Instalaciones de Alto Riesgo – Torres de Refrigeración y condensadores evaporativos – Sistemas de agua caliente sanitaria con acumulador y circuito de retorno – Sistemas de agua climatizada con agitación constante y recirculación a través de chorros de alta velocidad o inyección de aire (spas, jacuzzis, piscinas, hidromasajes…) – Centrales humificadoras industriales 

Instalaciones de Bajo Riesgo – Sistemas de instalación interior de agua fría de consumo humano (tuberías, depósitos, aljibes), cisternas o depósitos móviles y agua caliente sanitaria sin circuito de retorno – Humectadores – Fuentes ornamentales – Sistemas de riego por aspersión en el medio urbano – Sistemas de agua contra incendios – Elementos de refrigeración por aerosolización, al aire libre – Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles

Los establecimientos de riesgo deben cumplir con los programas  de control APPCC  establecidos en la normativa y planificar recogidas de muestras de agua para el control de la Legionela, con frecuencia a determinar según las características de cada establecimiento.

Todo el personal de mantenimiento debe realizar el curso homologado de 25 horas de control y prevención de Legionela y Legionelosis. El curso se actualiza cada 5 años con una formación de 10 horas.

Solicita un presupuesto para formación, analíticas de muestras de legionela o elaboración de plan de autocontrol